El Comité de Competición ha confirmado la sanción a Ignasi Miquel por lo que el jugador de la SD Huesca se pierde el partido del domingo contra el Alcorcón. El club altoaragonés recurrió la doble amarilla, pero el Comité de Competición ha sido inflexible. Ha ratificado la sanción hoy. Lo hace amparado en el artículo 113 del Código Disciplinario. Y la sanción por la que se queda sin jugar el siguiente partido lleva aparejada una doble sanción económica. Así, la SD Huesca es multada con 200 euros y el jugador con 600 ya que se le aplica el artículo 52.
El club recurrió la segunda tarjeta del central y para ello presentó alegaciones un una prueba videográfica. El Comité ha prescindido de ambas cosas. La SD Huesca alegó alega la existencia de lo que considera “errores materiales o de hecho en el contenido del Anexo Arbitral al acta del encuentro”, que contempla como motivo de la amonestación “impactar con su brazo a un contrario en la disputa del balón de forma temeraria”.
Desestimada la prueba videográfica
En apoyo de lo que sustenta, el club aporta al procedimiento lo que considera una prueba videográfica. En ella se recogen unas imágenes que, a su juicio, demuestran “que los hechos recogidos en el Anexo son claramente erróneos” y avalan, por el contrario, la descripción que el club hace de la conducta de Ignasi Miquel, según la cual se está en presencia de “un lance absolutamente fortuito” y “que no impacta con su brazo de forma temeraria sobre el jugador nº 21 del Real Sporting de Gijón, sino que es el contrario quien con su acción impacta sobre el brazo de nuestro jugador, quien no tiene posibilidad de quitárselo al tratarse de un movimiento natural”.
A juicio del Comité de Competición las imágenes aportadas no desacreditan la versión de los hechos ofrecida por el árbitro. Contra la presente resolución cabe interponer recursos ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.